Día del Empleado de Comercio: en 2026 el descanso será el lunes 28 de septiembre

Día del Empleado de Comercio: en 2026 el descanso será el lunes 28 de septiembre

La jornada originalmente se conmemora el 26 de septiembre, pero este año fue trasladada al lunes 28 por acuerdo entre la Federación Argentina de Empleados de Comercio y Servicios (FAECYS) y las cámaras empresarias.

Los trabajadores comprendidos en el Convenio Colectivo de Trabajo 130/75 tendrán ese lunes una jornada con los mismos alcances legales que un feriado nacional. La medida alcanza a empleados de supermercados, tiendas, perfumerías, casas de electrodomésticos, mayoristas y otros establecimientos de la actividad mercantil.

Qué pasa si un empleado debe trabajar

El traslado implica que la jornada del lunes 28 no puede utilizarse como un franco compensatorio del descanso semanal. En caso de prestar tareas, corresponde el pago de la jornada con un recargo del 100%, mientras que quienes no trabajen conservan su remuneración habitual.

Además, los comercios no están obligados necesariamente a cerrar sus puertas: pueden funcionar si son atendidos por sus propietarios o por trabajadores que acepten prestar servicios bajo las condiciones previstas por la legislación laboral.

Por qué se trasladó la fecha

La Ley 26.541 establece el 26 de septiembre como Día del Empleado de Comercio y dispone que los trabajadores del sector no deben prestar tareas, equiparando la fecha a los feriados nacionales a todos los efectos legales.

Como este año el 26 de septiembre cae sábado, FAECYS y las entidades empresarias acordaron trasladar la jornada al lunes 28 de septiembre de 2026, para garantizar el descanso correspondiente a los trabajadores mercantiles.

La confirmación también fue difundida por entidades comerciales de distintas provincias y por sindicatos del sector, que remarcaron que se trata de una jornada de descanso y reconocimiento para los trabajadores de la actividad.

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